 El recién estrenado Tratado de Lisboa tiene, entre sus objetivos, reforzar el tejido democrático de la Unión Europea y, en este sentido, incluye como innovación la Iniciativa Ciudadana Europea (ICE). Acogida con agrado por parte de la Comisión Europea, esta ICE ayudará a fortalecer la participación de la ciudadanía en la creación de las políticas comunes, lo que supone un acercamiento entre las instituciones y los habitantes de la Unión que es requerido y urgente.
El Tratado abre la puerta a esta iniciativa que debe desarrollarse y, en este sentido, desde la Comisión, se insiste en la importancia de su entrada en vigor durante el primer año. Para ello, se ha elaborado un Libro Verde que tiene como meta recabar opiniones sobre los puntos clave que se incluirán en el reglamento.
Entre las cuestiones que están abiertas para la recepción de opiniones, se trata de profundizar en el número mínimo de Estados miembros de los que deben proceder los ciudadanos -la Comisión propone un tercio como estado de equilibrio-; el número mínimo de firmas por Estado miembro, -propuesto en un 0,2% de la población total de cada Estado miembro-; o la edad mínima para respaldar la iniciativa, siendo la propuesta de la institución que la edad mínima se corresponda con la edad exigida en cada país para votar en las elecciones al Parlamento Europeo.
En cuanto a la forma y redacción de las iniciativas, el Tratado no especifica un formato en concreto. No obstante, desde la Comisión, con el objetivo de evitar errores de interpretación, propone que sea requisito la exposición clara del asunto y los objetivos, sin perjuicio de ofrecer a los ciudadanos la posibilidad de que adjunten un proyecto de acto legislativo como referencia.
Otra de las interrogaciones que plantea el Libro Verde versa sobre si es necesario que los Estados miembros apliquen las disposiciones específicas que tiene cada uno para la recogida, verificación y autenticación de las firmas, o si convendría crear procedimientos a medida.
Dada la complejidad de las recogidas, en el documento, también se consulta sobre la idoneidad de implantar un plazo “razonable y suficientemente largo” que permita la celebración de una campaña, así como los criterios que permitan señalar cuándo abrir y cuándo cerrarla, o, en aras de la transparencia, la conveniencia o no de que el público disponga de toda la información pertinente sobre financiación y apoyo mientras dure la campaña.
El plazo con el que cuenta la Comisión para examinar las iniciativas ciudadanas determinando su admisibilidad, así como si es conveniente introducir normas que eviten la presentación sucesiva de ICE sobre la misma cuestión y si hubiera que incluir elementos disuasorios o plazos para hacerlo son otras cuestiones que también se trasladan a los ciudadanos en la consulta.
Con todas estas aportaciones se configurará una Iniciativa Ciudadana Europea que es, sin duda, una oportunidad para la democracia europea, ya que contribuirá a intensificar el debate en torno a las políticas europeas, y a construir y consolidar un auténtico espacio público en la Unión.
Gloria Ostos
Socia Directora
Grupo Ostos & Sola
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